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Vuelven a negar acción de tutela al suspendido Contralor de Ibagué

Ibagué
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El Contralor suspendido de Ibagué, Ramiro Sánchez, volvió a perder una batalla jurídica en su intento por recuperar su cargo. En esta ocasión, el Consejo de Estado decidió confirmar la improcedencia de la acción de tutela que interpuso el exfuncionario con el argumento de que se estaban violando sus derechos al debido proceso, al buen nombre y al trabajo.

Según la decisión de la sección cuarta del Consejo de Estado, Sánchez fue quien no tuvo en cuenta los tiempos del derecho al interponer una acción de tutela antes de que se emitiera una decisión de segunda instancia sobre la suspensión provisional del cargo de Contralor Municipal. (Ver fallo)

"El señor Ramiro Sánchez interpuso la acción de tutela de manera prematura, pues la decisión de la que derivaba la supuesta vulneración del derecho fundamental de acceso a la administración de justicia no estaba ejecutoriada", dice el fallo.

Asimismo, el Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Hugo Fernando Bastidas Bárcenas, mencionó que la tutela interpuesta por Ramiro Sánchez se trató de un recurso improcedente, toda vez que no le permitía al juez de primera instancia estudiar si la decisión del Tribunal Administrativo del Tolima de declarar la suspensión provisional del cargo había sido correcta. (Ver: Niegan acción de tutela al suspendido Contralor de Ibagué)

"La falta de ejecutoria de la providencia cuestionada le impedía al juez de tutela de primera instancia que estudiara si el decreto de la medida cautelar se ajustó o no a derecho, habida cuenta de que ese es un estudio que le corresponde al superior funcional de la autoridad judicial aquí demandada, en virtud justamente del recurso de apelación que el propio demandante presentó", se lee en el fallo.

La tutela que interpuso el Contralor suspendido alegaba que el Tribunal Administrativo del Tolima había irrespetado derechos fundamentales como el buen nombre, el debido proceso, al trabajo, a la igualdad y al acceso a cargos públicos. (Ver: Ibagué se quedó sin Contralor y encargan a una persona con poca experiencia pública)

No obstante, el propio Consejo de Estado ya había manifestado el pasado 14 de julio que primero era necesario esperar una decisión con respecto a la apelación del fallo del Tribunal Administrativo del Tolima, y que cualquier acción de tutela debía presentarse después de hubiese un pronunciamiento en segunda instancia. 

Ramiro Sánchez fue elegido como Contralor Municipal luego de que el Concejo de Ibagué no tuviera en cuenta los resultados del concurso de méritos. Además, los concejales tampoco consideraron importante que Sánchez hubiese firmado contratos con una entidad del Estado doce meses antes de ser escogido como jefe del ente de control fiscal de la ciudad. (Ver: Consejo de Estado confirma suspensión del Contralor de Ibagué)

Ante esta confirmación de la improcedencia de la tutela, solo resta esperar a que el propio Consejo de Estado confirme la nulidad de la elección de Ramiro Sánchez como Contralor de Ibagué, decisión que emitió en primera instancia el Tribunal Administrativo del Tolima el pasado 12 de septiembre. (Ver: Declaran nulidad electoral de Ramiro Sánchez como Contralor de Ibagué)

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