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Imponen millonaria sanción a EPS por mal servicio en Ibagué

La EPS que tiene afiliada a 124.383 personas en el Tolima deberá pagar más de $200 millones.
Salud
Autor: Ruddy Díaz
Autor:
Ruddy Díaz
Foto: EL OLFATO

La Superintendencia de Salud informó que la Cooperativa de Salud Comunitaria Empresa Promotora de Salud Subsidiada, Comparta EPS, sede Ibagué, fue sancionada con una multa equivalente a 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La EPS que tiene afiliada a 124.383 personas en el departamento debe pagar la suma de más de $200 millones por incumplir las instrucciones y órdenes impartidas por la Superintendencia, y vulnerar la normatividad vigente sobre la prestación del servicio público de salud y el sistema general de seguridad social en salud.

Según la Resolución 010650 de la Supersalud, en el año 2017 realizaron una visita a la Oficina de Atención al Usuario en la sede Comparta de la capital tolimense, en la que la entidad encontró diferentes irregularidades.

Una de estas fue que la oficina no se encontraba dotada de las herramientas logísticas necesarias para su normal funcionamiento, “puesto que no tiene adecuada capacidad, ni sillas suficientes para el flujo de usuarios que acuden diariamente a la sede”.

De igual forma, encontraron que no estaban publicando el formato de negación de servicios ampliada y tampoco tenían señalización de las sillas de uso exclusivo para adultos mayores.

Además, las peticiones de los afiliados a la EPS Comparta no contenían información relacionada con la posibilidad que estos tienen de acudir ante la Superintendencia Nacional de Salud, en caso de desacuerdo con la decisión adoptada por la entidad.

Luego de los anteriores inconsistencias registradas por el ente de control, solicitaron a Comparta la realización de un plan de mejoramiento en la prestación del servicio.

Sin embargo, dichas mejoras no se hicieron, a pesar de ser solicitadas en dos ocasiones por el ente regulador.

Por lo tanto, el 8 de mayo del 2019, la Superintendencia Delegada de Procesos Administrativos ordenó la iniciación del proceso administrativo sancionatorio en contra de Comparta, formulándole el cargo único de presunta vulneración de las siguientes normas:

Otorgándole también grado de culpabilidad de descuido, omisión que según la Ley “consiste en la realización de una conducta contraria a las normas que imponen una conducta atenta, privisora, dirigida a evitar la realización de un resultado dañino o nocivo”.

Este tipo de sanciones demuestran las acciones de la Superintendencia de Salud en el departamento del Tolima. 

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