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Revocan sanción a exalcalde de Melgar por investigación relacionada con la Terminal de Transportes de ese municipio

El exmandatario supuestamente subvaloró un lote que aportó la Alcaldía para la construcción del Terminal. Sin embargo, la Procuraduría Regional de Cundinamarca revisó el caso y esto fue lo que determinó.
Justicia
Autor: Redacción Justicia
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Redacción Justicia

La Procuraduría Regional de Cundinamarca revocó la destitución e inhabilidad por 15 años que se le había impuesto al exalcalde de Melgar Gentil Gómez Oliveroz, en un fallo de primera instancia emitido el pasado 13 de diciembre de 2019.

El exmandatario es investigado porque presuntamente subvaloró un lote que aportó el Municipio para la construcción del Terminal de Transporte, es decir, lo avaluó en $770.000.000, monto que era significativamente inferior al precio comercial del terreno.

Por esa actuación, en fallo de primera instancia, la Procuraduría Provincial de Girardot consideró que Gómez cometió una falta gravísima con culpa gravísima, y determinó sancionarlo por el periodo de tiempo ya mencionado.

“Al ingresar el municipio como socio de la persona jurídica Terminal de Transportes de Melgar, cuantificando su aporte en setecientos setenta millones de pesos, por un lote de terreno cuya extensión es de 81.450.58 metros cuadrados, significa que el metro cuadrado fue valorado en $9.453, cifra muy inferior al valor del metro cuadrado de la franja de terreno perteneciente al mismo lote, vendida por el municipio al INCO por valor de $61.667 por metro cuadrado”, explica el documento.

De esa forma, señala que “se generó un detrimento al patrimonio público por cuanto si bien es lícito que el municipio haga parte de sociedades de economía mixta, resulta ajena a esa protección debida al patrimonio público, realizar un aporte en especie cuantificado en un valor inferior al valor comercial del inmueble”.

Sin embargo, la Procuraduría Regional de Cundinamarca revisó el caso y tomó la nueva decisión que favoreció al exalcalde.     

Según ese despacho, luego de solicitar una asesoría a la Dirección Nacional de Investigaciones de la Procuraduría, se determinó que el avalúo comercial del lote, realizado por Camacol, al parecer no se llevó a cabo con las especificaciones técnicas apropiadas, por lo que no se puede concluir que Gómez haya sido responsable de un detrimento al patrimonio público del municipio.

“La normatividad que reglamenta el procedimiento a seguir para realizar los avalúos, al parecer no fue analizada por la primera instancia, toda vez que no podemos pensar que un terreno cuyas características topográficas son de difícil acceso, con pendientes superiores al 12% hasta un 75%, que está catalogado para reserva natural, pueda puede tener el mismo valor que un terreno plano, con acceso a vías principales, que goza de la prestación de servicios públicos”, consideró el Ministerio Público.

En ese sentido, de acuerdo con el fallo de segunda instancia, el exalcalde no tenía porqué haber desconfiado del avalúo realizado por Camacol, pues se suponía que la entidad gremial era idónea para hacerlo.

“El burgomaestre actuó de forma diligente al solicitar el avalúo del predio, tal como consta en el contrato de prestación de servicios celebrado entre el municipio de Melgar y la Cámara Colombiana de la Construcción Regional Tolima”, concluye el documento.

Así las cosas, la Procuraduría Regional de Cundinamarca determinó absolver al exmandatario de la sanción que se le había impuesto, aclarando que contra esta decisión no procede recurso alguno.

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