fbpx Juez de Ibagué negó tutela a la abuela del excontratista Jorge Alexander Pérez, alias ‘El chatarreto’ | ELOLFATO.COM - Noticias de Ibagué y Tolima Pasar al contenido principal

Juez de Ibagué negó tutela a la abuela del excontratista Jorge Alexander Pérez, alias ‘El chatarreto’

Esta es la segunda acción de tutela que interpone Pérez en contra de EL OLFATO, pero ninguna le ha prosperado.
Justicia
Autor: Redacción Justicia
Autor:
Redacción Justicia

A la señora Clara Inés Cortés, abuela materna del excontratista Jorge Alexander Pérez, no le prosperó la acción de tutela con la que quiso evitar que cuatro medios de Ibagué se refirieran a su nieto con el alias de “El chatarrero”.

El Juez Primero Penal del Circuito Especializado negó dicha acción al considerar que no se está difundiendo una información errónea sobre su familiar, detenido en la cárcel La Picota, de Bogotá, y señalado de serios delitos de corrupción

Cortés aseguraba que el alias de su nieto “incomodaba y perjudicaba el buen nombre, la honra y la dignidad humana, tanto a mi nieto, a la familia y a la suscrita”. 

Ante eso, los medios de comunicación, entre ellos EL OLFATO, respondieron al Juez que el seudónimo o el alias de “El chatarrero” fue utilizado por la Fiscalía General de la Nación y así aparece reseñado en los boletines de prensa de la entidad y en los expedientes judiciales.

Además, esta era la actividad económica que tenía Jorge Alexander Pérez hasta antes de llegar a Ibagué a manipular las licitaciones de los Juegos Deportivos Nacionales del año 2015, a través del pago de millonarios sobornos, y posar como un poderoso constructor.

Ante ello, el funcionario judicial advirtió: “No se está difundiendo información errónea, y mucho menos se están realizando expresiones ofensivas o injuriosas del señor JORGE ALEXANDER PÉREZ TORRES, que finalmente afecten el derecho al buen nombre y honra de la familia y, por ende, el de la abuela materna de la persona que está siendo investigada penalmente”.

En la sentencia, señaló también: “Eventualmente sería factible afirmar que la apreciación objeto de disenso, podría corresponder a una situación de carácter social, lo cual necesariamente, no implicaría automáticamente un exceso en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión. Tampoco la vulneración de los derechos a la honra y al buen nombre de la familia de la persona que recibe el señalamiento, pues la fuente informativa obedece a un parámetro de investigación que ofrece la autoridad judicial encargada de identificar e individualizar a un enjuiciado”.

Asimismo, dijo que ni Jorge Alexander Pérez ni su abuela solicitaron -previamente- una rectificación a los medios de comunicación, sino que acudieron directamente a la acción de tutela, por lo que no agotaron las instancias correspondientes. 

Sin embargo, el juez subrayó que cuando se trata de conflictos sobre la libertad de información, las reclamaciones podrán hacerse siempre y cuando se hayan divulgado contenidos inexactos o erróneos.

Por último, en el fallo queda claro que el excontratista detenido, pese a estar en La Picota, pudo presentar directamente la acción de tutela sin necesidad de acudir a su abuela. 

“En el caso sub judice no se presenta la figura de agencia oficiosa, pues la señora CORTÉS DE GARZÓN precisó que como abuela materna del señor JORGE ALEXANDER PÉREZ TORRES promovía la acción de tutela. No obstante, tal apreciativa resulta insuficiente, por cuanto de los hechos y de las pretensiones no se exhibe el rol de agente oficioso y además no se acreditaron circunstancias que impidieran al titular de los derechos presuntamente vulnerados, actuar por sí mismo”, anotó el togado.

Esta es la segunda acción de tutela que interpone Pérez en contra de EL OLFATO, pero ninguna le ha prosperado.

© 2024 All reserved rights.
Diseño y desarrollo web por Micoworker