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En el limbo aplicación del proyecto que prohíbe el uso del asbesto en la contratación pública de Ibagué

El proyecto fue objetado por el Alcalde de Ibagué y remitido al Concejo municipal que lo devolvió al ser radicado de manera extemporánea.
Ibagué
Autor: Redacción Ibagué
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Redacción Ibagué
Foto: Suministrada

El Concejo de Ibagué se abstuvo de dar trámite a las objeciones presentadas por el Ejecutivo al proyecto de acuerdo que prohíbe el uso del asbesto en la contratación pública del Municipio. (Ver: Concejo de Ibagué prohibió el uso asbesto, icopor y pitillos en la contratación oficial)

Esto en razón a que fueron radicadas  de manera extemporánea, es decir, presentadas seis días después de haber sido aprobado el acuerdo por parte de la corporación.

El alcalde de Ibagué, Guillermo Alfonso Jaramillo, se abstuvo de sancionar el proyecto debido a que los términos que había tomado el Concejo para dar aplicación a la norma no concuerda con la entrada en vigencia de la ley nacional que señala que esta disposición entrará a regir a partir de 2021. (Ver: Duque firmó Ley que prohíbe el uso de asbesto en Colombia)

La jefe Jurídica del Municipio, Gloria Millán, indicó que el equipo jurídico se reunirá para determinar si sanciona el acuerdo y que posteriormente sea enviado a control de legalidad del Tribunal Administrativo por parte de la Gobernación del Tolima.

La ley 136 establece en su artículo 79  que “si la plenaria del Concejo rechazare las objeciones por inconveniencia, el Alcalde deberá sancionar el proyecto en un término no menor a ocho días. Si no lo sanciona, el presidente de la corporación procederá a sancionarlo y publicarlo”.

Por otro lado, “si las objeciones jurídicas no fueren acogidas, el alcalde enviará dentro de los diez días siguientes, el proyecto acompañado de una exposición de motivos de las objeciones al Tribunal. Si el Tribunal las considera fundadas, el proyecto se archivará. Si decidiere que son infundadas, el alcalde sancionará el proyecto dentro de los tres días siguientes al recibo de la comunicación respectiva. Si el tribunal considera parcialmente vaciado el proyecto, así lo indicará al Concejo para que se reconsidere.

 Cumplido este trámite, el proyecto se remitirá de nuevo el Tribunal para fallo definitivo”.

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