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Tras la suspensión de la venta de Cafesalud, Procurador reitera sus preocupaciones

Nación
Autor: ElOlfato
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Ante la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca de suspender provisionalmente la venta de Cafesalud al consorcio Prestasalud, atendiendo las objeciones hechas por el ente de control, el procurador general de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, hizo un llamado para que al país se le garantice la claridad en este proceso de adquisición.

“Aquí no se trata de ninguna interferencia de este proceso, sino de que se pongan en marcha una serie de principios como la transparencia, la efectividad y la garantía de que no se van a repetir escenarios lamentables del pasado como los que sucedieron en el caso de SaludCoop y esa es nuestra única preocupación”, señaló.

A su turno, el viceprocurador general, Juan Carlos Cortés González, explicó que el origen de la comunicación enviada a la liquidadora de Saludcoop son las preocupaciones de la Entidad sobre quién asume los pasivos de Cafesalud y la falta de experiencia del consorcio como asegurador.

Cortés González señaló que entre las inquietudes de fondo del organismo control está el hecho de que Prestasalud era el único proponente integral que asumiría el servicio y la prestación del régimen contributivo y subsidiado.

“Esa mezcla del rol de asegurador y prestador es una de las inquietudes del Ministerio Público”, advirtió.

Asimismo, manifestó que la decisión del Tribunal es una medida cautelar transitoria y que “Cafesalud debe seguir prestando los servicios a sus afiliados actuales”.

Aseguró que es necesario que haya absoluta claridad sobre las condiciones de la negociación que tiene que ver con los pasivos de Cafesalud,  la forma de pago y el tiempo durante el cual tendría que cancelarse la transacción”.

“Esos elementos esenciales tienen que quedar completamente claros al país”, agregó.

Finalmente, el Viceprocurador General exhortó a las EPS a prestar los servicios de salud a los colombianos. “Hasta que se avance en el proceso de perfeccionamiento, esa venta tiene una transición y en ninguna circunstancia podría haber una suspensión de los servicios”.

Preocupaciones de la Procuraduría

El pasado 23 de mayo el Procurador envió a la Agente Especial Liquidadora de Saludcoop EPS, las inquietudes del ente de control frente al proceso de venta de Cafesalud, entre las que se destacan:

  • Que la fase de revisión de ofertas dentro del proceso de enajenación de Cafesalud EPS S.A. y Esimed S.A., inquieta al Ministerio Público, “(…) por cuanto la adjudicación del contrato puede conllevar a mayores afectaciones en la efectividad y garantía del derecho fundamental a la salud de los afiliados a esa EPS.”
  • Que en la fase actual del proceso tan solo se contaba con dos proponentes que habían presentado oferta dentro de los términos previstos y de esas solo una era integral, esto es, que pretendía adquirir lo relativo a: i) acciones de una NewCo que administre el régimen contributivo; ii) acciones de una NewCo que administre al régimen subsidiado y; iii) el 100% de las acciones de Esimed.
  • Que la única propuesta no reflejaba la pluralidad de oferentes, la sana competencia que debe darse para acceder a la mejor alternativa posible del mercado, ni la materialización de una puja económica que favorezca financieramente los recursos del proceso de liquidación de Saludcoop y consecuentemente los Sistemas de Salud.
  • Que era indispensable garantizar que las ofertas presentadas por los distintos proponentes acreditaran la experiencia específica requerida para que existiera confianza y legitimación.
  • Que según la información de carácter público el proponente que presentó la única oferta integral era un consorcio conformado en su gran mayoría por Instituciones Prestadoras de Salud y otro tipo de entidades, pero que no contaban directamente con experiencia en materia de aseguramiento en salud.
  • Que en el proceso de venta se debía garantizar, en todo momento, la calidad en la prestación de los servicio de salud con base en la normatividad vigente y la reiterada jurisprudencia.
  • Que las condiciones de la fase contractual respecto de los proponentes y ofertas en el proceso de venta de Cafesalud EPS S.A. y Esimed S.A., no garantizaban con suficiencia los postulados fundamentales, especialmente los relativos a la pluralidad, idoneidad y selección objetiva.
  • Que tal como estaba estructurado se impedía la configuración de un esquema de control y equilibrio entre el asegurador y el prestador para así garantizar el acceso, oportunidad y la calidad en el servicio.
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