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Solicitud de pensión por vejez de Colpensiones ahora se podrá realizar completamente por internet

Sin salir de casa y en solo 15 minutos, los afiliados a Colpensiones podrán realizar la radicación de su solicitud de pensión a través de la página web de la entidad.
Nación
Autor: Redacción Nación
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Redacción Nación
Foto: EL OLFATO

Entre las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional para brindar facilidades a los colombianos durante la pandemia del COVID-19, Colpensiones habilitó que las pensiones de vejez puedan tramitarse de forma 100 % virtual. (Ver: Pensionados: así realizará Colpensiones el pago de mesadas durante la cuarentena)

Sin salir de casa y en tan solo 15 minutos, los afiliados podrán realizar la radicación de su solicitud de pensión a través de la página web de la entidad: www.colpensiones.gov.co

Con este nuevo trámite, el ciudadano que cumpla con los requisitos de Ley y tenga su historia laboral al día, puede hacer su solicitud sin necesidad de dirigirse a un Punto de Atención de Colpensiones (PAC).

“La innovación y el avance tecnológico son parte de nuestros pilares estratégicos; por esa razón, hemos venido trabajando desde hace varios meses en este nuevo servicio para nuestros afiliados y, a raíz de la emergencia que estamos viviendo por el COVID-19, decidimos agilizar su desarrollo para entregarles a los colombianos una opción que les permita realizar su solicitud desde casa”, aseguró Juan Miguel Villa, presidente de la entidad. 

Este trámite es gratuito y todos los formularios son 100 % en línea. El afiliado puede acceder a www.colpensiones.gov.co; una vez esté allí, debe dirigirse a la ‘Sede Electrónica’, hacer clic en el botón ‘Pensión de vejez tiempos privados’, e ingresar su usuario y contraseña; en caso de no tenerlos, puede registrarse y después ingresar al portal de radicación. Allí debe buscar la opción ‘Reconocimiento’ y seleccionar la opción de ‘Tiempos Privados’ para iniciar la radicación. 

Inicialmente este trámite se ha habilitado para quienes cotizaron a pensión en el anterior Instituto de Seguros Sociales, o en un fondo privado y luego se trasladaron a Colpensiones. 

Respecto a las personas que cotizaron en entidades públicas diferentes al Instituto de Seguros Sociales, antes del primero de abril de 1994 o en algún régimen especial, para poder realizar el trámite, debieron previamente corregir su Historia Laboral para efectuar la inclusión de estas semanas antes de cumplir los requisitos de pensión. 

Somos la entidad pionera en realizar este trámite 100 % digital. El propósito es entregar a nuestros afiliados y pensionados servicios en línea para evitar que salgan de casa. Por esa razón, diariamente estamos buscando maneras de reinventar la forma en la que les brindamos atención y les facilitamos realizar los trámites que deben hacer con nosotros. Una muestra de ello es nuestra nueva sede electrónica, donde ponemos a disposición trámites y consultas en línea de Colpensiones”, puntualizó Villa. 

¿Cuáles son los requisitos de Ley para realizar la solicitud de pensión? 

Ser ciudadano colombiano y estar afiliado a Colpensiones; contar con la edad mínima de pensión (mujeres: 57 años y hombres: 62 años); tener las semanas requeridas para acceder a pensión (mínimo 1.300 semanas); contar con su Historia Laboral actualizada y haber laborado en empresas privadas o públicas con cotizaciones de pensión a Colpensiones (antes ISS) o a un fondo privado con posterior traslado a Colpensiones.

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