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Tenga en cuenta quiénes podrán movilizarse durante la cuarentena en Ibagué y el Tolima

El director de Tránsito del Tolima, Carlos Barrero, señaló que estas medidas aplican en todo el Departamento.
Región
Autor: Redacción Ibagué
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Redacción Ibagué
Foto: EL OLFATO

El director Administrativo de Tránsito del Tolima, Carlos Barrero, recordó las medidas que rigen en el aislamiento obligatorio en Ibagué y el Tolima y que se mantendrán en la cuarentena que empieza a regir el próximo martes, 24 de marzo en todo el país.

El gobernador del Tolima, Ricardo Orozco, amplió el toque de queda por 24 horas durante este puente festivo y hasta el martes a las 12:00 de la medianoche cuando inicia la cuarentena obligatoria decretada por el presidente Iván Duque y que se mantendrá hasta el 13 de abril. (Ver: Gobernador del Tolima extiende el aislamiento hasta el martes para que coincida con la cuarentena nacional)

El alcalde de Ibagué, Andrés Hurtado, adoptó la decisión del gobernador Orozco. (Ver: No se exponga: la multa por violar el toque de queda es de $936.223)

Estás son las excepciones que continúan vigentes en todo el Tolima y que permite el tránsito de personas y vehículos indispensables para la realización de las siguientes actividades:

  • Abastecimiento y adquisición de alimentos.
  • Asistencias a las consultas médicas y geriátricas.
  • Para atender asuntos de fuerza mayor.
  • A quienes suministren atención a las emergencias médicas.
  • Al abastecimiento y distribución de combustible.
  • Para realizar el abastecimiento cargue y descargue de elementos de primera necesidad y que aplica para empleador y empleadores.
  • Están exentos aquellos trabajadores y operarios que presten sus servicios en turnos de trabajo debidamente acreditados con sus respectivos carnets y documentos.
  • Vehículos o rutas destinados al transporte de trabajadores y operarios que  presten de atención 24/7
  • Para Ibagué, el servicio público no está operando durante el toque de queda.
  • Las empresas de taxis deberán disponer de un máximo del 5%  de sus vehículos para atender casos excepcionales que sean reportados por sus plataformas o de manera telefónica.
  • Las personas que están excluidas de esta restricción, es decir, personal médico, organismos de socorro, periodistas, ciudadanos que necesiten atender una emergencia, entre otros, se permitirá el uso de vehículos particulares y deberán portar su identificación y su uniforme respectivo para evitar sanciones.
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