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Procuraduría suspendió a Secretario General (E) de Saldaña por omitir control a publicidad política

Investigación
Autor: ElOlfato
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La Procuraduría General de la Nación suspendió por dos meses al secretario general y de gobierno (E) del municipio de Saldaña, Armando Abril Montaña, por omitir el control de la publicidad política durante los comicios del 11 de marzo de 2018. (Ver: Alcalde de Saldaña fue citado a audiencia por irregularidades en manejo de publicidad electoral)

Abril Montaña incumplió las normas de control de publicidad exterior visual política y propaganda electoral, establecidas en el Decreto 094 del 21 de diciembre de 2017, mediante el cual el alcalde municipal reguló la propaganda electoral de los movimientos políticos durante las elecciones para Senado de la República y Cámara de Representantes.

Consideró la Procuraduría que el disciplinado infringió los principios de eficiencia, celeridad y eficacia de la función pública, pues a sabiendas de que no se habían obtenido los permisos de la administración municipal para fijar propaganda política, debió atender la orden impartida por el alcalde de Saldaña o coordinar la aplicación de sanciones, si había lugar.

Entre las normas transgredidas se citó la Ley 140 del 23 de junio de 1994, que reglamenta la publicidad exterior visual en el territorio nacional y el artículo 34 del Código Disciplinario Único que establece como deber de todo servidor público “cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución (…) las leyes (…) y los manuales de funciones (…) y las órdenes superiores emitidas por funcionario competente”.

La Procuraduría Provincial de Chaparral, calificó la falta del sancionado como grave cometida a título de culpa grave, por el daño social que causó al enviar un mensaje negativo a la colectividad, impidiendo el cumplimiento de los fines del Estado y afectando la confianza pública en las instituciones.

La defensa del funcionario municipal interpuso recurso de apelación contra el fallo de primera instancia, el cual será resuelto por la Procuraduría Regional del Tolima.

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