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Otro favor de la Procuraduría para el partido Cambio Radical: absolvieron a Ramiro Sánchez

Investigación
Autor: ElOlfato
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A la leve suspensión de nueve meses para 15 concejales de Ibagué, por la elección irregular del excontralor municipal Ramiro Sánchez, se suma otra sospechosa decisión de la Procuraduría General de la Nación en favor del partido Cambio Radical en el Tolima, organización política que estuvo detrás de la postulación de Sánchez. (Ver: Procuraduría confirmó leve sanción de nueve meses en contra de 15 concejales de Ibagué

Se trata de un fallo de segunda instancia conocido por EL OLFATO, en el que el Ministerio Público absuelve de toda responsabilidad disciplinaria al excontralor municipal Ramiro Sánchez, quien fue elegido en este cargo en el año 2016, pese a estar inhabilitado. (Ver: Concejo de Ibagué le hizo 'conejo' al concurso de méritos y eligió a Ramiro Sánchez)

La decisión resulta bastante extraña por cuanto hay una clara contradicción entre la Procuraduría Regional del Tolima, que absuelve a Sánchez, y la Procuraduría General, en Bogotá, que sanciona a los 15 concejales de Ibagué. (Ver: Fallo de absolución de Ramiro Sánchez)

"Aquí hubo una falta tanto de los concejales que lo eligieron como de él al postularse inhabilitado. La sanción era para los dos, y así lo determina la ley, pero esta es una evidencia más de la politización de la Procuraduría para favorecer a los amigos de Emilio Martínez", dice el abogado Wilson Leal.

Recordemos que el procurador Fernando Carrillo es una persona muy cercana a Emilio Martínez, jefe del partido Cambio Radical en el Tolima, y el pasado mes de noviembre, en El Espinal, asistió al sonado cumpleaños del político. (Ver: La parranda del procurador Carrillo con los políticos del Tolima)

El particular fallo de absolución 

El fallo de 28 páginas obtenido por este medio de comunicación señala que, además de exonerar a Ramiro Sánchez de este proceso, la Procuraduría decidió declarar no probado el cargo de falta gravísima a título de culpa gravísima, que se le había formulado el pasado 8 de marzo, por haberse postulado en esa elección conociendo de su presunta inhabilidad para ser elegido.

Lo anterior porque, según el Ministerio Público, el excontralor actuó acorde a lo que le indicó un abogado de la ciudad, quien le aseguró que él no estaba inhabilitado para aspirar a ser seleccionado como jefe de este órgano de control fiscal, pese a que un año antes a la elección se había desempeñado como director de la Escuela de Administración Pública, Esap.

“Logró demostrarse que Ramiro Sánchez obró con un grado de diligencia y cuidado acorde a su situación específica, esto es, al no tener conocimientos ni experiencia en derecho, optó de manera previa a su elección y posesión, por consultar a un abogado con títulos de postgrado para que emitiera un concepto jurídico precisamente sobre la configuración de causal de inhabilidad originada en el cargo que desempeñó dentro de la Esap”, reza el fallo.

Asimismo, el documento subraya que Sánchez “actuó con diligencia” y de “manera cuidadosa” al haber buscado la asesoría del profesional en derecho, identificado como Eduar Armando Rodríguez.

 Lo señalado en precedencia permite darle credibilidad a lo dicho por el investigado en versión libre, especialmente lo que atañe a que, dado su desconocimiento en temas jurídicos, con la finalidad de dilucidar que no se configuraba inhabilidad, consultó el profesional del derecho Eduar Armando Rodriguez, a quien le pidió concepto verbal y escrito sobre el tema, el cual fue emitido antes de su elección y se allegó oportunamente al concejo municipal”, añade la Procuraduría.

“Ni siquiera habría lugar a concluir que existió una simple desatención, en tanto que el sujeto acudió a un mecanismo idóneo y de manera oportuna en aras de verificar si le asistía la causal de inhabilidad. Así pues, el disciplinable tomó una medida de racional cuidado propia de un grado razonable de previsión, por lo cual no se estructura el elemento de culpabilidad, y en ese sentido se acoge el argumento exculpatorio del defensor de confianza”, agrega la sentencia.

El abogado Wilson Leal sostiene que el sustento de la Procuraduría Regional del Tolima para absolver a Ramiro Sánchez es absurdo, porque entonces cualquier funcionario público que cometa una falta podrá escudarse en que un asesor le dijo que "todo estaba bien". (Ver: La impunidad de parranda en el Tolima y el mal ejemplo del Procurador)

"El fallo sostiene la tesis que si usted se consigue un abogado que le certifique que cualquier anomalía en que incurre un administrador público es viable o lícita, entonces deberá ser absuelto, lo cual es francamente inaudito", advierte Leal, uno de los abogados más respetados de la región, experto en derecho administrativo.

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