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Niños o niñas que nazcan durante la cuarentena no deben ser llevados a trámites de registro civil

La Registraduría Nacional del Estado Civil y la Superintendencia de Notariado y Registro, acordaron eliminar temporalmente, la presentación personal de niñas o niños recién nacidos en la oficina de registro.
Nación
Autor: Redacción Nación
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Redacción Nación
Foto: Registraduría

La Registraduría Nacional del Estado Civil y la Superintendencia de Notariado y Registro, acordaron eliminar temporalmente, la presentación personal de las niñas o niños nacidos en la oficina de registro, así como la supresión de la toma de las huellas de las plantas de los pies y en cuanto a los declarantes, no se utilizarán los equipos biométricos.

Las dos entidades ratificaron que si los padres no pueden adelantar la inscripción del recién nacido en el mes siguiente al nacimiento, podrán hacerlo de manera extemporánea con el certificado de nacido vivo, una vez se supere la situación actual. 

En caso de requerir con urgencia la inscripción, los padres podrán acudir a las notarías autorizadas para realizar este trámite, de acuerdo con los turnos establecidos por la Superintendencia de Notariado y Registro.

Es importante precisar que padres, ascendientes y parientes mayores debidamente identificados, así como el director de la institución de salud en la que ocurrió el nacimiento o un defensor de familia, podrán acudir a solicitar el registro.

Frente a los casos que presentan sentencia de adopción para la inscripción en el registro civil, ambas entidades presentaron un protocolo que incluye la atención inmediata de la solicitud recibida.

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