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Comercio colombiano estrena medidas para desarrollo del segundo y tercer día sin IVA

Para la segunda jornada sin IVA en el país, que se realizará este viernes 3 de julio, el Gobierno revisó las reglas y decidió suspender la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones en grandes superficies, para evitar aglomeraciones.
Nación
Autor: Redacción Nación
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Redacción Nación

El Gobierno Nacional recordó una serie de recomendaciones a las autoridades locales para evitar las aglomeraciones en el segundo y tercer día sin IVA, que se desarrollarán en el país este viernes 3 de julio y el próximo 19 de julio. (Pese al altísimo desempleo, Ibagué amaneció llena de compradores haciendo largas filas en centros comerciales y supermercados)

Entre las decisiones tomadas está la de suspender la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones en grandes superficies. Esto con el fin de evitar posibles nuevos contagios de COVID-19.

No obstante, para los productos que sean adquiridos de manera virtual, el retiro de ellos deberá programarse durante las siguientes dos semanas, para evitar aglomeraciones en los puntos de venta.

Así mismo, las autoridades locales podrán fijar franjas horarias para la comercialización de determinados productos, horarios por género y cédula, y permitir la operación durante 24 horas, con el fin de evitar la congestión de las plataformas virtuales.

Entretanto, las gobernaciones y alcaldías tendrán que asegurarse de que los establecimientos comerciales cumplan con los protocolos de bioseguridad y los requisitos para mantener el distanciamiento social de quienes realicen compras de manera presencial.

Las autoridades podrán sancionar a los establecimientos que incumplan los protocolos y medidas para proteger la salud y la vida de los colombianos.

Establecimientos

Los establecimientos que participen en las jornadas del día sin IVA, tanto de forma presencial como a través de comercio electrónico, deberán dar a conocer a los consumidores, de forma clara y precisa, la siguiente información:

Si se ofrecerá o no el beneficio de exención del IVA y las condiciones que aplican en las jornadas establecidas por el Gobierno Nacional.

En el caso de las plataformas virtuales, adicional a lo anterior, deberán diseñar protocolos de información que describan la capacidad operativa de dichas plataformas, los requerimientos tecnológicos para la efectividad de la transacción, el tiempo de espera en la fila y la hora de atención programada de acuerdo con el turno asignado, y demás aspectos que garanticen la calidad de la compra.

Así mismo, durante la jornada tendrán que actualizar la información, en caso de presentarse variaciones en las condiciones inicialmente descritas, así como las razones de la misma.

En ese mismo sentido, los comercios también deberán ajustar todas las piezas de comunicación con ocasión de la jornada e incluir de manera clara la siguiente leyenda: “El descuento que aplica a la presente venta, corresponde a la exención establecida en el Decreto Legislativo No. 682 del 21 de mayo de 2020. NO es una promoción”.

En caso de ofrecer productos que no se encuentran cobijados por la exención de IVA, los comercios deberán abstenerse de incluir en sus piezas de comunicación contenido alusivo al beneficio tributario otorgado por el Gobierno Nacional.

Compras en línea

Tenga en cuenta lo siguiente:

La exención del IVA no aplica para todos los productos ofrecidos en el mercado. Por esto es clave tener en cuenta que el beneficio únicamente aplica para la compra de máximo 3 unidades por subcategoría y el pago debe realizarse a través de tarjetas débito, crédito u otros mecanismos de pago electrónico:

Vestuario y complementos de vestuario: hasta 20 UVT antes de IVA - $712.140 por unidad.

La exención del IVA NO es una promoción. Aunque algunos comercios podrán realizar ofertas o descuentos ese día, los consumidores tienen derecho a conocer el precio del bien sin IVA y, en caso de que ese producto tenga una promoción, el consumidor tiene derecho a conocer el porcentaje del descuento.

Estas jornadas también son de carácter optativo, es decir, los comercios no están obligados a vender sus productos con la exención, pues cada uno de estos es libre de acogerse o no al régimen y a la invitación del Gobierno Nacional.

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