Álvaro Uribe fue declarado culpable por delito de soborno en actuación penal y fraude procesal
La defensa del expresidente apelará la decisión ante el Tribunal Superior de Bogotá.

Escrito por: Adrián Vanegas
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La jueza tolimense, Sandra Liliana Heredia Aranda, confirmó que en el caso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez sí se cometió el delito de soborno en actuación penal y fraude procesal una decisión que marca un hito en un histórico proceso judicial.
Durante una audiencia que ya se extiende por más de siete horas, la jueza consideró que el abogado de Uribe, Diego Cadena, intentó sobornar al testigo Juan Guillermo Monsalve, quien dijo que el expresidente tenía vínculos con grupos paramilitares. Heredia también señaló que estas presiones se realizaron a través del intermediario conocido como alias "Caliche".
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Además, indicó que estos intentos de manipulación buscaban afectar la credibilidad del senador Iván Cepeda, quien ha sido contraparte en este prolongado litigio.
Aunque el fallo solo aborda dos de los seis hechos por los cuales Uribe fue llamado a juicio, abre paso a la evaluación de su grado de participación directa en este esquema de sobornos y en los demás delitos imputados.
”Apegándonos al escrito de acusación, resulta coherente concluir que se materializó el fraude procesal”, dijo la jueza.
Ademas fue enfática en afirmar que Uribe conocía las acciones de su abogado Diego Cadena, y dejó abierta la duda sobre el papel que pudo haber desempeñado alias “Caliche” en la estrategia jurídica desplegada por la defensa del exmandatario.
Ante esta decisión, la defensa apelará la decisión y será el Tribunal Superior de Bogotá el encargado de revisar la sentencia. Tres magistrados tendrán a su cargo el estudio del recurso, cuya resolución deberá emitirse antes de octubre, cuando el caso podría prescribir.
En caso de confirmarse la sentencia de primera instancia, Uribe Vélez aún podría acudir a la Corte Suprema de Justicia mediante un recurso de casación, el último instrumento legal a su alcance dentro de la jurisdicción ordinaria.
Este fallo representa un giro decisivo en el proceso que se inició formalmente en 2018, y que hoy ubica al expresidente ante la posibilidad real de una condena judicial.
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