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MinEducación define condiciones para el regreso de estudiantes de colegios privados a las aulas en agosto

Los planteles tendrán que alternar las clases virtuales y los encuentros presenciales.
Nación
Autor: Redacción Nación
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Redacción Nación
Foto: EL OLFATO

El Ministerio de Educación Nacional definió las condiciones para el regreso de los estudiantes a las aulas a partir del primero de agosto, las cuales tendrán que acatar las Secretarías locales y los directivos de los planteles privados. 

Se trata de la Directiva número 012, la cual indica que las Secretarías de Educación y los directivos de los planteles privados deben preparar acciones para organizar un retorno gradual y progresivo de la prestación del servicio educativo, bajo un esquema de alternancia que combina el trabajo académico presencial y en casa bajo diferentes opciones para desarrollar las interacciones entre docentes y estudiantes.

“El concepto (alternancia) implica una combinación del trabajo académico en casa, complementado con encuentros periódicos presenciales e integración de diversos recursos pedagógicos, así como la asistencia al establecimiento educativo debidamente organizada, de acuerdo con el análisis particular de contexto del establecimiento educativo y otras variantes que puedan surgir, observando las medidas de bioseguridad y distanciamiento social”, dice el documento emitido por el Ministerio.

"Desde El Ministerio hacemos una invitación para que, en cada espacio y contexto local y regional, se fortalezca el trabajo intersectorial con las respectivas autoridades para preparar las condiciones de retorno a las aulas bajo condiciones de bienestar de la comunidad educativa, acorde con las exigencias de la emergencia sanitaria y las disposiciones del Ministerio de Salud", indicó la ministra María Victoria Angulo.

Cada colegio debe informar a la respectiva Secretaría de Salud el tipo de servicio que presta, a su capacidad instalada, al número y características de la población que atiende, el equipo docente, a la adecuación para responder a las medidas de bioseguridad, al comportamiento de la pandemia en su territorio, entre otros. 

Asimismo, en los próximos días se emitirá un lineamiento que será referente para la transición progresiva del servicio educativo a la modalidad presencial y la implementación de prácticas de bioseguridad que reduzcan el riesgo de contagio de COVID-19 en la comunidad educativa.

“El Ministerio de Educación Nacional, dentro de los cinco días siguientes a la expedición de esta Directiva, entregará a las Secretarías de Educación, un lineamiento para la transición progresiva del servicio educativo a la modalidad presencial y la implementación de prácticas de bioseguridad que reduzcan el riesgo de contagio de COVID-19 en la comunidad educativa”, precisa la Directiva.

Finalmente, cada Secretaría de Educación debe establecer en sus planes de inspección y vigilancia en articulación con el sector salud, los criterios de análisis sobre el cumplimiento de los protocolos establecidos, los cuales deberán ser informados por cada establecimiento educativo.

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