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Las faltas por las que tendría que responder el exalcalde de Mariquita Álvaro Bohórquez ante la Fiscalía

La Contraloría General trasladará a la Fiscalía los hallazgos por la posible comisión de los delitos de contrato sin cumplimiento de los requisitos y falsedad ideológica en documento público.
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Autor: Redacción Ibagué
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Redacción Ibagué

La Contraloría General de la República estableció tres hallazgos con alcance penal que involucran al exalcalde de Mariquita Álvaro Bohórquez Osma (2012 - 2015) en la posible comisión de los delitos de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales y falsedad en documento público.

El ente de control fiscal estableció 10 irregularidades de tipo administrativo y disciplinario contra Bohórquez por la suscripción de los convenios 221 y 223 con la Sociedad Colombiana de Ingenieros en diciembre de 2015.

El convenio 221 y por el cual fue destituido e inhabilitado en primera instancia por la Procuraduría Provincial de Honda, tuvo como objeto la rehabilitación del distrito de riego de mediana escala de Mariquita, obra que a la fecha no es funcional y útil a la comunidad. (Ver: Procuraduría destituyó e inhabilitó por 10 años a exalcalde de Mariquita)

Según el órgano de control fiscal, Bohórquez suscribió el 31 de diciembre el acta de suspensión número uno al contrato de interventoría para el control de las obras del distrito de riego, con el argumento de que "ante la inexistencia del contrato suscrito con el inventor para hacer  seguimiento al convenio 221 del 28 de diciembre de 2015", las partes acordaban suspender el contrato con el fin de iniciar las obras con la interventoría del proyecto.

Sin embargo, la Contraloría estableció que el 30 de diciembre se había suscrito el contrato para la interventoría.

"La afirmación del fundamento del acta de suspensión "ante la inexistencia del contrato suscrito con el interventor" falta a la verdad, ya que el contrato de interventoría existía el 31 de diciembre de 2015, toda vez, que se había suscrito bajo el número 225 de fecha 30 de diciembre, por lo que la causal de suspensión es falsa e inexistente", precisa el órgano de control.

Para la Contraloría, se generó una suspensión sin tener una causa real que imposibilitara ejecutarlo, lo que conllevó a una presunta falsedad en documento público.

El valor inicial de la inversión ascendió a los $1.941.536.400 de los cuales el Municipio ha desembolsado a la Sociedad Tolimense $1'703.910.060 equivalentes al 90 % del valor total del convenio

La Contraloría estableció que la obra se encuentra en deterioro y abandonado y aunque se complete el 100 % de las actividades contratadas no prestará el servicio, debido a que al suprimir actividades esenciales, como el suministro e instalación de las compuertas, no se podrá captar agua para del canal de riego.

No obstante, no estableció hallazgos fiscales, puesto que el convenio aún se encuentra vigente, aunque resalta que no hay voluntad para liquidarlo ni completar la ejecución del proyecto.

Por otra parte, frente al convenio 223 cuyo objeto era la construcción de la pista de patinaje, la Contraloría determinó que se estaría frente a una celebración de contratos sin cumplimiento de los requisitos legales.

Lo anterior, por cuanto se suscribió de manera directa el convenio cuando se debió contratar, a través de licitación pública por tratarse de una obra pública.

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