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La ofensiva del abogado de la empresaria que traería a Carlos Vives contra la Alcaldía de Ibagué

La respuesta de Ernesto Espinosa a la terminación unilateral del contrato podría poner en apuros a Guillermo Alfonso Jaramillo, quien tendrá que explicar por qué ejecutó dos contratos similares en 2016 y 2017.
Ibagué
Autor: Redacción Ibagué
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Redacción Ibagué

El abogado Ernesto Espinosa, defensor de la empresaria Carolina Barrios, impugnó la resolución mediante la cual la Alcaldía de Ibagué liquidó unilateralmente el contrato 1804, del pasado 11 de abril, y que traería a Carlos Vives y Manuel Turizo, en el marco del 47 Festival Folclórico.

El jurista sostiene que la Administración erró en declarar la nulidad absoluta del contrato con Barrios, bajo el argumento de que algunas de las actividades incluidas debían haberse contratado a través de licitación pública, pero no argumentó lo mismo al suscribir los contratos 1579 y 1918 de 2016 y 2017, donde se habían presentado la misma irregularidad.

Ambos contratos fueron celebrados con Carlos Eduardo Sotomonte Vélez, a través de contratación directa, y tenían como objeto la prestación de servicios para lograr la presentación de los artistas Santiago Cruz, Chocquibtown, Aterciopelados y La 33, en el marco de los cumpleaños 466 y 467 de Ibagué.

El contrato 1579 fue celebrado por Guillermo Alfonso Jaramillo y el 1918 por el entonces secretario de Gobierno y actual candidato a la Alcaldía de Ibagué, Hugo Ernesto Zárrate. (Ver contrato 1) (Ver contrato 2)

Contrato alcanzaba los $2.964 millones

Según Espinosa, en ambos contratos se incluyeron actividades complementarias como papayeras, camerinos, transporte, distribución de publicidad, show pirotécnico durante ocho minutos, tiquetes aéreos, entre otras tareas, que correspondían a la logística del evento.

Todo estaba incluido dentro de los objetos de los contratos y en similares o idénticas características a las pactadas con Carolina Barrios en el contrato que alcanzaba los $2.964 millones. 

De manera que no comprendemos por qué, la administración validó la modalidad de contratación directa en los dos primeros y ahora cuando se trató de un contratista distinto decidió en la ejecución del contrato acudir a falacias, a argumentos amañados para dar por terminado unilateralmente el contrato”, cuestiona el abogado.

Del mismo advierte que no logra distinguir las verdaderas razones que tuvo la Alcaldía de Ibagué para terminar unilateralmente el contrato, a pesar que en años anteriores había celebrado mediante la misma modalidad, contratos con objetos idénticos.

Lo anterior resulta inadmisible, además que constituye una clara y evidente desviación de poder y falsa motivación”, denuncia el jurista.

Asimismo, resalta que los estudios previos de los contratos 1579 y 1918 fueron elaborados por la actual secretaria de Cultura, Cristina Prada, quien reconoció haberse equivocado en la firma del contrato con Barrios. (Ver: Se cayó el concierto de Carlos Vives y Alcaldía admite que cometió irregularidades)

Para Espinosa es “la misma funcionaria que hoy se rasga las vestiduras por salvaguardar la moralidad pública y el principio de transparencia”.

¿Librarse de la indemnización?

Por otro lado, dice que resulta no creíble que el Municipio, quizá para liberarse de la responsabilidad de indemnizar a la contratista, y lo que podría llevar a un posible detrimento, haya afirmado que ésta participó en la etapa precontractual y fue quien determinó la manera de seleccionar la modalidad del contrato, “cuando está probado que en años anteriores la entidad acudió a la misma modalidad de contratación para celebrar contratos con idéntico o similar objeto contractual”.

Según el profesional, la intervención de la empresaria Carolina Barrios, se habría limitado a la presentación de la oferta y al acatamiento de las directrices dadas por los funcionarios.

Por otro lado, manifiesta que, si bien para la Administración resultaba viable separar las actividades principales de las complementarias, como por ejemplo satisfacer los requerimientos de los artistas y el cuidado de la grama del estadio Manuel Murillo Toro y llevar a cabo el proceso con una contratación diferente, “desde ningún punto de vista podían ser disgregadas y confiadas a terceros ajenos al evento, como equívocamente lo entendió el Municipio”.

 Espinosa llama la atención que la Alcaldía de Ibagué olvida que fueron los mismos funcionarios que impusieron a Barrios el deber de imprimir la boletaría, la realización del show musical, de aproximadamente 15 minutos de duración, y el plan de difusión y divulgación. 

Solicitamos la revocatoria de la resolución 018 del 15 de mayo de 2019 mediante la cual se dispuso la terminación unilateral del contrato y, en consecuencia, se ordene, ante la imposibilidad de continuar con la ejecución del contrato, el reconocimiento y pago de los perjuicios causados a la contratista en el acta de liquidación”, concluye Espinosa.

¿Qué responde la Alcaldía?

La secretaria de Cultura de Ibagué, Cristina Prada, dijo con respecto al tema que no se pronunciaría ya que no es abogada y el área jurídica asumió el tema. Entre tanto, la jefe jurídica del Municipio, Gloria Esperanza Millán, sostuvo que a su despacho no ha sido radicado el documento.

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