fbpx Juzgado admitió la acción popular que suspendería predial 2019 en Ibagué | ELOLFATO.COM - Noticias de Ibagué y Tolima Pasar al contenido principal

Juzgado admitió la acción popular que suspendería predial 2019 en Ibagué

La Alcaldía de Ibagué tendrá cinco días para responder frente a la medida cautelar que pretende se frene el cobro de manera temporal este año.
Ibagué
Autor: Redacción Ibagué
Autor:
Redacción Ibagué

El Juzgado 11 Administrativo del circuito de Ibagué admitió la acción popular que busca que el Municipio de Ibagué suspenda el cobro del impuesto predial para esta vigencia en el sector urbano, hasta que se establezca el monto real que deben pagar los contribuyentes por parte del Concejo de Ibagué. 

La acción fue interpuesta por el abogado Wilson Leal Echeverry, quien argumenta que el acuerdo 027 de 2018 aprobado por el Concejo municipal, que estableció unos topes para aliviar el pago del impuesto, tiene varias irregularidades que afecta a los contribuyentes. De igual manera, resalta los errores de redacción en el proyecto. ( Ver: Concejo de Ibagué aprobó incremento de tarifas del impuesto predial para el 2019)

Según Leal, el acuerdo "terminó por conceder a la Alcaldía de Ibagué y principalmente a la Secretaría de Hacienda la absoluta discrecionalidad para fijar los descuentos" en porcentajes de hasta el 15 % y progresivamente hasta el 50 %", optando por aplicar el menor alivio posible y afectando los derechos de los contribuyentes.

De igual manera, Leal insiste que la Administración ha violado el artículo 23 de la ley 1450 de 2011, que establece que el incremento del impuesto no puede exceder del 25 % del monto liquidado por el mismo concepto en el año inmediatamente anterior.

De acuerdo con el jurista, en el caso de los estratos 4, 5 y 5 y en diversas actividades industriales y comerciales el valor a pagar es superior al 25% del valor pagado por impuesto el año inmediatamente anterior.

Para Leal, al establecer el acuerdo 027 de 2018,  incrementos que en algunos casos superan el 25 % legalmente establecido, concreta la violación de la liquidación del tributo y los derechos colectivos.

La acción popular no pretende que se suspenda el pago del impuesto indefinidamente, sino hasta que el Concejo Municipal, señale de manera clara y determinada el monto del tributo a liquidarse.

El profesional solicitó dentro de la acción popular que una vez se establezcan los mecanismos por parte del Concejo,   los contribuyentes que no hayan efectuado el pago del predial con los descuentos por pronto pago, se puedan beneficiar de los mismos, una vez se corrijan las irregularidades detectadas en la determinación del tributo.

De igual manera, se establezcan los mecanismos de compensación para que los contribuyentes que hayan efectuado el pago del impuesto antes de que se produzca la decisión del juez, se abonen los excendentes a las obligaciones futuras.

© 2024 All reserved rights.
Diseño y desarrollo web por Micoworker