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‘Tatequieto’ a hombre que grabó video acusando de ‘falso positivo’ por COVID-19 a la Clínica Nuestra de Ibagué

Este fallo es una alerta para muchas personas que difunden videos difamatorios en las redes sociales.
Justicia
Autor: Redacción Justicia
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Redacción Justicia

Un trascendental fallo de tutela,  amparó el derecho al buen nombre de la Clínica Nuestra, de Ibagué, del Hospital Pablo Tobón Uribe, de Medellín, y la EPS Salud Total, afectadas por la divulgación y réplica de un video en el que fueron señaladas como responsables de un presunto ‘falso positivo’ de COVID-19, y que con esa supuesta muerte pretendían obtener supuestos beneficios económicos.

En el caso resultaron implicados dos hombres de Ibagué. Uno, es el hijo de la señora que presentaron como ‘falso positivo’ y, el segundo, un amigo del primero, quien compartió la grabación en su perfil de Facebook y se encargó de viralizarlo.

La publicación se hizo el pasado 6 de junio y en poco tiempo alcanzó cerca de 1’600.000 reproducciones. Para nadie es un secreto que en Ibagué los chismes se difunden de manera acelerada y, si es a través de redes sociales, la velocidad aumenta en niveles insospechados. 

Eso provocó la reacción inmediata de los equipos jurídicos de los tres involucrados, los cuales detectaron que la paciente no estaba muerta, que había sido tratada inicialmente en la Clínica Nuestra y que fue remitida al Hospital Pablo Tobón Uribe de la capital Antioqueña, debido a sus complicaciones de salud.

Al llegar la paciente a Medellín, le hicieron la prueba de COVID-19, siguiendo los protocolos del Ministerio de Salud, y el resultado dio positivo. Ese prcedimiento, exigido por el Gobierno Nacional, alertó a sus familiares e hicieron la polémica interpretación que hoy los tiene en líos judiciales.

“Está probado que la conducta de la EPS, de la red de IPS y del personal médico ha sido apropiada al caso clínico y a los protocolos de la emergencia sanitaria, por lo que las acusaciones son subjetivas y sin corresponder a la realidad”, alegaron los afectados.

Por esa razón, ubicaron a los dos responsables y les solicitaron rectificar y eliminar el video de sus cuentas de Facebook. Lo hicieron a través de una acción de tutela.  

“La autoría y difusión del video, además de vulnerar la honra y el buen nombre de la accionante, ocasiona pánico en la comunidad, no solo ibaguereña sino del país, pudiéndose propiciar vías de hechos en contra su infraestructura, red de prestadores de servicios de salud y trabajadores, tal como lo advierten comentarios generados por el video, de desconfianza e incitación a la violencia contra servidores del SGSSS (Sistema de salud)”, resaltaron los abogados ante el Juez.

Las explicaciones de los hombres que divulgaron el video

La persona que replicó el video dijo que lo hizo porque creyó en lo dicho por el hijo de la paciente y porque vivió un caso parecido con su progenitora. “Recordó a su madre, fallecida hacía cuatro años, por negligencia médica, por lo que, por solidaridad, lo difundió”, explicó el hombre.

Pero el familiar de la mujer que fue presentada como 'falso positivo' simplemente eliminó el video, pero no hizo ninguna rectificación. Con eso pretendió dar por superado el hecho.

Sin embargo, las tres instituciones impugnaron el fallo de primera instancia para obligar a esta persona a realizar otro video para que aclarara lo sucedido.

La petición fue acogida por el Juez Primero Civil del Circuito de Ibagué y consideró que: “Lo mínimo que se requiere es que tenga la honestidad y carácter de afirmar, igual que lo hizo para el público, que sus afirmaciones son falsas o que, sí considera que son verdaderas, denuncie ante la Fiscalía General de la Nación e indique cuáles son las pruebas que le permiten hacer las acusaciones gravísimas que planteó en su video”.

Por esa razón, ordenó modificar parcialmente la sentencia del fallo de primera instancia y le ordenó al creador del video: “Retractarse en un video y explicar suficientemente sus afirmaciones difamatorias” y “difundir la retractación en la red social Facebook, durante el mismo tiempo y en iguales circunstancias en que lo hizo en el video difamatorio”.

Ese video deberá contar con el beneplácito de la Clínica Nuestra, el Hospital Pablo Tobón Uribe, la EPS Salud Total y el juez de primera instancia.

La paciente está mejor de salud, superó el COVID-19 y ya está de nuevo con su familia. 

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