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Orden del juez de Hurtado, de investigar quiénes son las fuentes de EL OLFATO, es ilegal: Flip

La Fundación para la Libertad de Prensa señaló que la solicitud del abogado del mandatario en caso de 'piques ilegales', es contraria a la ley.
Justicia
Autor: Fernanda Rojas
Autor:
Fernanda Rojas
 ‘La petición del juez de Hurtado, de investigar quiénes son las fuentes de EL OLFATO, es ilegal’: Flip

La Fundación para la Libertad de Prensa considera que es ilegal la actuación de un Juez de Ibagué que le pidió al Consejo Superior de la Judicatura investigar quiénes son las fuentes de EL OLFATO.

La Flip hace referencia a la audiencia de juicio oral contra el acalde de Ibagué, por el caso de los 'piques ilegales', realizada el día 27 de marzo de este año. (Ver: Abogado de Hurtado ataca a EL OLFATO por informar sobre el proceso de los 'piques ilegales')

Durante la diligencia judicial el Juez accedió a una solicitud de la defensa y ordenó remitir a la Comisión Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura una investigación sobre las presuntas irregularidades relacionadas con las fuentes información por parte de esta redacción.

La Fundación señaló que la petición que hizo Humberto Escobar, abogado del mandatario en el proceso, es inconstitucional y contraria a la ley. (Ver: documento)

“Solicitamos sea considerada como inconstitucional e ilegal la solicitud de las fuentes de información de los periodistas que se encuentran realizando cubrimiento sobre el proceso de la referencia”, indicó la Flip a través de un oficio enviado al Juez Segundo.

La entidad resaltó que exponer las fuentes oficiales y públicas de EL OLFATO interfiere en el quehacer periodístico y una agresión al libre ejercicio del mismo.

Además, indicó que es un efecto inhibidor sobre la prensa en Colombia y que la información puede ser corroborada sin vulnerar la reserva de la fuente.

La Flip argumentó que la Constitución Política establece, sin excepciones, que el secreto profesional será inviolable en Colombia, según el artículo 74.

“El tribunal constitucional ha explicado que la reserva de la fuente protege el derecho al acceso a la información pues permite que se haga pública información de interés público que de otra forma no podría salir a la luz sin poner en riesgo a quienes entregan la información”, declaró.

Adicionalmente, la fundación refirió que, según la jurisprudencia, la reserva de la fuente no es únicamente proteger la identidad de las fuentes, sino también de dónde obtuvo la información.

“La reserva de la fuente no protege únicamente la confidencialidad e identidad de las fuentes humanas de un periodista, sino que incluye la facultad de los periodistas de guardar secreto sobre: la existencia de una determinada información, su contenido, el origen o la fuente de la misma, o la manera como obtuvo dicha información”, acotó.

Finalmente, aseveró que los periodistas podrán negarse a evidenciar los documentos, audios, videos o archivos de la información relacionada con el ejercicio profesional y la investigación que ejecutó.

 

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