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El desgarrador relato de la magistrada que confirmó la sentencia contra pareja por el homicidio de la menor Sara Salazar

La magistrada Julieta Isabel Mejía Arcila expuso que hubo omisiones, al parecer, por parte de otros profesionales de la comisaría de Armero Guayabal y del personal de una fundación, operador del ICBF.
Justicia
Autor: Redacción Justicia
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Redacción Justicia
Sara Salazar: "crónica de una muerte anunciada"

La magistrada del Tribunal Superior de Ibagué,  Julieta Isabel Mejía Arcila, calificó el deceso de Sara Salazar, de tres años, víctima de tortura y maltrato físico extremo como la "crónica de una muerte anunciada". 

El pronunciamiento se hizo al dejar en firme la sentencia en contra de Ángela Johanna Guerra Urueña y a Edilberto Rojas Torres, los padrinos de la menor, y quienes fueron condenados a 39 y 13 años, respectivamente. (Ver: Caso Sarita: Padrinos fueron condenados a penas de 39 y 13 años de cárcel por homicidio y tortura)

Sara Salazar, falleció el 22 de abril de 2017, en el hospital Federico Lleras Acosta, a donde fue remitida desde el Líbano.  La niña presentaba un trauma craneoencefálico. 

Para la magistrada, la menor ingresó, por primera vez, a un centro asistencial en mayo de 2016 con anemia, desnutrición y evidencia de maltrato físico por negligencia.

"Las lesiones que empezaron a ventilarse desde el 26 de mayo de 2016 cuando por primera vez la menor ingresó al centro médico de Armero Guayabal, fue lo que en literatura se podría denominar como “Crónica de una muerte anunciada”", expresó Mejía.

Además, para la Juez hubo falta de diligencia institucional,  no solo de la excomisaria de Armero Guayabal, Katerine García Rodríguez y quien enfrenta un proceso penal, sino también por las omisiones del grupo interdisciplinario de la entidad compuesto por la sicóloga y la trabajadora social, quienes conocieron del caso y no hicieron seguimiento. (Ver: Inició juicio oral contra la excomisaria de Familia de Armero por el caso de Sarita Salazar)

También, por el "personal de la Fundación IMIX, que para la época era el operador del ICBF, quienes con su grupo de apoyo compuesto por la docente Mónica Cadena Gaitán, la psicóloga Leydy Buenaventura y la auxiliar de enfermería Jenny Paola Torres Salazar, al parecer, no ejecutaron el seguimiento correspondiente, pese a conocer que la menor estuvo hospitalizada y ausente en el Jardín mis Sueños, más la omisión de los cuidadores de no acceder a la continuidad en el programa, que al menos hubiera facilitado ejercer un control sobre el peso y talla", se precisó en la sentencia.  

Por otro lado, la Sala Penal también cuestionó el papel de la madre biológica Ruth Salazar Palacios, quien no intervino de manera adecuada para auxiliarla desde la primera vez en que fue hospitalizada y sin haber transcurrido dos meses desde que fue entregada a los condenados. 

Salazar Palacios dejó a la menor al cuidado de Guerra Urueña y Rojas Torres por no tener los medios económicos para su cuidado. 

"La menor S.A.S.P. desde muy temprano que ingresó al hogar empezó siendo discriminada y castigada, en la medida que fue acogida desde febrero de 2016 y llevada al centro hospitalario por primera vez desde el 26 de mayo siguiente, sin haber transcurrido dos meses y presentando desnutrición, golpes, laceraciones, las que fueron acumulándose, sin que la madre biológica, y las autoridades administrativas intervinieran de manera adecuada y que finalmente la llevaron a su muerte".

Por último, la magistrada concluyó que Sara fue una "indefensa que llegó al mundo a sufrir por cuenta de una madre, hermanos, padre y familia sustituta irresponsables coadyuvados por unos funcionarios incompetentes que no actuaron conforme a sus competencias".

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