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Corte Suprema dejó en firme fallo que negó cambio de juez y de fiscal del caso de los 'piques ilegales' 

La Sala Civil le recordó al abogado Humberto Escobar que a los medios de comunicación no se les puede cercenar la libertad de prensa y cuestionarse su posible influencia en las decisiones judiciales no es objetivo.
Justicia
Autor: Redacción Justicia
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Redacción Justicia
Corte Suprema dejó en firme fallo que negó cambio de juez y de fiscal del caso de los 'piques ilegales' 

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme el fallo que negó las pretensiones del alcalde de Ibagué,  Andrés Hurtado y su exapoderado Humberto Escobar, quienes pretendían a través de una acción de tutela el cambio del juez y de la fiscal del caso de los 'piques ilegales'. 

El Alto Tribunal rechazó en abril de este año la acción de tutela interpuesta al no ser el recurso idóneo para dirimir una controversia jurídica.  (Ver: Corte Suprema negó tutela con la que Hurtado quería sacar del proceso de los 'piques ilegales' al juez y a la fiscal del caso)

El abogado Escobar impugnó la decisión al argumentar que se recurrió a ese mecanismo para evitar un "perjuicio irremediable",  debido a la posible falta de imparcialidad del Juez Segundo Penal del Circuito, y de la Fiscal 38 de la unidad de Delitos con la Administración Pública. 

Lo anterior, por cuanto la condena emitida contra Daniel Felipe Cadena Ortiz en calidad de cómplice por el mismo caso de los 'piques ilegales'  podía comprometer el juicio del juez.  (Ver: Se entregó Daniel Felipe Cadena, condenado por el caso de los ‘piques ilegales’ en el Aeropuerto Perales)

Para la Sala Civil, no se acreditó que por haberse condenado a Cadena Ortíz por los mismos hechos por los que se juzga al alcalde Hurtado,  haya comprometido el criterio del juez y que indique que haya falta de imparcialidad. 

Igual ocurre con los medios de comunicación que, según el abogado Escobar, podían influir y comprometer el juicio del togado. (Ver: Abogado de Hurtado ataca a EL OLFATO por informar sobre el proceso de los 'piques ilegales')

"Aceptarse un juicio semejante resultaría prácticamente imposible asignar el conocimiento de este asunto a un distrito judicial en el que no exista la presencia de medios de comunicación, pues justamente nos encontramos de cara a una era digital en la que una noticia puede ser transmitida en simultaneo, no solo en todos los distritos judiciales de Colombia sino del mundo entero, y menos puede cercenarse la libertad de prensa, indicando cuáles deben ser los titulares de las noticias que difunden, bajo el supuesto de preservar la imparcialidad de la administración de justicia", precisó la Sala. 

Del mismo, se reitera en el fallo, que en aquellos eventos en que los que se quiera controvertir la imparcialidad e idoneidad del funcionario judicial, el Código Penal establece que, los sujetos procesales pueden recusarlo y al servidor público le asiste el declararse impedido. 

El alcalde Hurtado revocó el poder al abogado Humberto Escobar, en junio de este año,  en una acción para presuntamente dilatar la continuidad del juicio oral. (Ver: Hurtado sacó a su abogado Humberto Escobar y logró aplazar una vez más la audiencia de juicio por los 'piques' ilegales)

Esto llevó a prolongar las diligencias las cuales solo se pudieron retomar cuando la Defensoría del Pueblo asignó un abogado de oficio al Mandatario y la Fiscalía pudo presentar dos testigos claves en el proceso. 

Posteriormente,  Hurtado dio poder al abogado Javier Hurtado para que ejerciera su defensa, y quien logró aplazar, el pasado 9 de septiembre, la continuación del juicio oral al pedir la nulidad de la diligencia llevada a cabo en agosto.  (Ver: Defensa del alcalde Hurtado logra dilatar el juicio por los 'piques ilegales')

Esto conllevó a que el expediente, por quinta vez consecutiva fuera al Tribunal Superior de Ibagué, que negó las pretensiones e hizo un llamado al juez como Director del proceso para que dé celeridad a las audiencias e impida intervenciones sin fundamento. (Ver: Tribunal Superior rechaza nulidad de la defensa del alcalde Hurtado por los 'piques ilegales')

Ahora, el Juez Segundo Penal del Circuito asignó la fecha de las próximas tres audiencias (6,11 y 15 de octubre) y en las cuales la defensa del Alcalde deberá evacuar a sus testigos, para posteriormente emitir el sentido de fallo, antes el 30 de octubre de este año, y evitar la prescripción del delito de peculado por uso.  (Ver: ¿Juzgado de los 'piques ilegales' está propiciando todo para la prescripción del caso? )

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