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Consejo de Estado absolvió a la Nación por el homicidio de un civil y el desplazamiento de una familia en Planadas

Alba Nidia Rodríguez tuvo que salir del municipio, tras el asesinato de uno de sus hijos por actores armados ilegales en 1996.
Justicia
Autor: Redacción Justicia
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Redacción Justicia
Consejo de Estado absolvió a la Nación por el homicidio de un civil y el desplazamiento de una familia en Planadas

El Consejo de Estado absolvió a la Nación de la responsabilidad del daño que sufrió Alba Nidia Rodríguez, luego del asesinato de uno de sus hijos,  y de su desplazamiento forzado del muncipio de Planadas.

El hecho se registró el 9 de noviembre de 1996, cuando tres hombres armados asesinaron a Saúl Herrera Rodríguez, quien días anteriores a la fecha, se negó a enrolarse  a un grupo armado ilegal.

Según la demandante, este hecho, sumado a que le brindaba alimentos a miembros de la Policía, habrían desatado el asesinato y las amenazas que los obligaron a desplazarse.

Por esta razón, Rodríguez consideró que era responsabilidad de la Nación e interpuso la demanda con la cual pretendía obtener una reparación de al menos mil millones de pesos.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Tolima negó las pretensiones y determinó que aún cuando se acreditó el daño, las entidades demandadas no eran responsables de dicho perjuicio. 

La decisión fue apelada, con la intención de que el Consejo de Estado accediera a la reparación. Sostuvieron que la Policía y el Ejército eran responsables por no haber hecho presencia en Planadas, pese a que en el municipio se ubicaba la vereda Gaitania, donde quedaba Marquetalia, lugar donde nació la guerrilla de las Farc.

A juicio del representante de las víctimas, era desproporcionado exigirles el deber de denunciar las amenazas, pues era claro, para ellos, que los responsables del homicidio iban a tomar represalias contra los familiares por proveer de alimentos a los policías. A pesar de que al momento de interponer la denuncia no les fue posible señalar con nombres y apellidos a los supuestos responsables, precisaron, las autoridades tuvieron conocimiento de lo ocurrido.

La alta Corte negó las pretensiones de la demanda y determinó que no se probó la coacción física que sufrieron los accionantes, ni se allegaron copias de las denuncias por las amenazas.

Frente al contexto de violencia que han enfrentado muchas regiones en Colombia, la jurisprudencia indicó que, aunque es deber del Estado proteger a los ciudadanos cuando son víctimas de este tipo de hostigamientos, al no recibir la denuncia sobre estas circunstancias, no hay lugar a reparar a las víctimas ante la ausencia de este tipo de servicio.

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