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Tribunal del Tolima disminuyó indemnización a la madre de un joven ejecutado por el Ejército

La Procuraduría General apeló la decisión bajo cuatro argumentos, entre ellos, que la mujer tiene otros hijos y por ley, en todos recae la obligación de ayudar con el sustento de sus padres.
Ibagué
Autor: Redacción Ibagué
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Redacción Ibagué
Foto: EL OLFATO

El Tribunal Administrativo del Tolima, en decisión de segunda instancia, rebajó la indemnización ordenada en favor de Gladys González Noguera, cuyo hijo José Élver, fue ultimado por efectivos del Ejército en la vereda  El Brillante, corregimiento de Santiago Pérez del municipio de Ataco en 2012.

El Juzgado Quinto Administrativo Oral del circuito de Ibagué había condenado al Estado, Ministerio de Defensa y al Ejército en 2017 a indemnizar por el daño patrimonial ocasionado a la madre del joven, de 21 años, con la suma de $132.496.980.

El Tribunal Administrativo redujo la indemnización a la suma de $19.802.308 acogiendo los argumentos del Ministerio Público que apeló la decisión de primera instancia.

El Procurador 216 Judicial de Ibagué, apeló bajo el argumento que existió un error al liquidar el perjuicio con la expectativa de vida del joven cuando se debió tomar la de la madre.

Asimismo que, no se tuvo en cuenta que se presume que los hijos ayudan a sus padres hasta los 25 años, momento en el que forman su propia familia, y por lo cual debía haberse tomado el periodo de tiempo hasta que  hubiera alcanzado dicha edad. 

Por otro lado,  señala  se pasó por alto que la mujer tiene otros tres hijos y por mandato legal, en todos recae la obligación de ayudar en el sustento de sus padres.

Y por último, que para fijar la liquidación se tomó en cuenta el salario total  que el joven campesino devengaba, cuando se debía descontar un porcentaje que él destinaba para su sustento.

Con base en estos argumentos, el Tribunal Administrativo determinó que el pago de los perjuicios se calcularían a partir de la época de los hechos y hasta que hubiera cumplido los 25 años. Además, que no se logró demostrar que Gladys González dependiera económicamente del dinero que aportaba su hijo.

De  igual manera,  fijó el ingreso base para la liquidación con respecto al salario mínimo, es decir, $828.116 más favorable que el que devengaba  José Élver González Noguera en 2012 y que ascendía a la suma de $616.000.

Sin embargo, el Tribunal Administrativo, restó el 50 % que es lo que se presume que la víctima destinaba para su propia manutención y fijó la indemnización sobre el valor de $414.058 por el tiempo que le restaba para cumplir los 25 años. 

Los hechos

José Élver González, de 21 años,  recibió siete disparos por miembros del Ejército el 11 de noviembre de 2012 aproximadamente a las 6:00 de la tarde.

El joven laboraba como jornalero en una vivienda ubicada en la vereda El Brillante, hasta donde llegaron tropas de la Brigada Móvil 8 de Neiva, que desarrollaban operaciones en contra de las columnas Miller Salcedo, Marquetalia y Daniel Aldana de las Farc.

El Ejército obligó a salir a la víctima, quien fue baleado por la espalda, y obligó a los propietarios de la finca a abandonar el lugar.

Posteriormente, fue presentado como una baja en combate contra el grupo insurgente. Además, se reportó el haberle hallado dos fusiles y tres proveedores.

Según el Tribunal Administrativo, la Justicia Penal Militar obvió la realización de la prueba se absorción atómica para determinar si José Élver González había disparado el arma.

Para el Tribunal Administrativo todo se trató de un  "montaje" por parte de los militares tratando de exonerarse de responsabilidad.

También concluyó que el Ejército, actuó de forma arbitraria en el momento en que se le arrebató la vida a un campesino, sin que se hubiera acreditado su calidad de subversivo ni que presentara peligro.

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