Superintendencia rechazó solicitud de la empresa Igniko para operar en Ibagué
09 de junio de 2025

Superintendencia rechazó solicitud de la empresa Igniko para operar en Ibagué

Según la entidad, Igniko no cumplió con los requisitos legales y documentales exigidos por la ley.

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Escrito por: Adrián Vanegas
Periodista
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La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) rechazó la inscripción presentada por la empresa Igniko S.A.S. E.S.P. para operar como prestadora de servicios públicos en Ibagué, por no cumplir con los requisitos legales y documentales exigidos por la normativa vigente. (Ver: Coincidencias, preguntas y vínculos hurtadistas de la nueva empresa de aseo de Ibagué)

La Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo indicó que la empresa no presentó la documentación obligatoria para respaldar sus actividades en aseo urbano, recolección de residuos, corte de césped y lavado de espacios públicos. (Ver:Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios)

Según el oficio, Igniko adjuntó un “Acuerdo de barrido y limpieza” suscrito por Interaseo, lo cual no suple los requisitos exigidos. Adicionalmente, no presentó el contrato AEGR con la firma Caso Auditoría y Consultoría S.A.S., lo cual generó un incumplimiento adicional.

"La inscripción ante la Superintendencia por parte del prestador no constituye autorización, permiso o licencia de funcionamiento", dice el documento, añadiendo que el registro tampoco certifica la idoneidad del operador, y que corresponde a la empresa informar oficialmente el inicio de actividades ante la entidad.

Asimismo, el ente de control reiteró que la ausencia de documentos como el contrato de concesión con el municipio, acuerdos específicos y la publicación de las actividades en medios oficiales impide que se apruebe su solicitud en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS).

La solicitud de Igniko tenía como propósito habilitarse para prestar servicios relacionados con:

  • Recolección y transporte de residuos no aprovechables.

  • Corte de césped y poda de árboles en vías públicas.

  • Lavado de áreas públicas.

En todos los casos, la documentación presentada fue considerada insuficiente o incorrecta.

La empresa tiene sede en el Centro Empresarial Torreón de Ibagué, y su representante legal, Hover Anyelo Lemus Medina, aparece como gerente general desde el 22 de febrero de 2023. No obstante, su inscripción quedó marcada con un sello de "rechazada", tal como figura en el documento emitido por el Sistema Único de Información de Servicios Públicos (SUI).

Con esta decisión, Igniko S.A.S. E.S.P. no podrá operar legalmente como prestadora de servicios públicos domiciliarios en la capital tolimense hasta que no subsane las irregularidades y cumpla con las exigencias legales dispuestas por la SSPD.

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