Procuraduría tumbó la sanción contra la exsecretaria de Cultura por contrato para la presentación de Carlos Vives en Ibagué en 2019
La Procuraduría Regional dejó sin efectos la sanción y destitución por 11 años dictada en contra de la exsecretaria de Cultura Cristina Prada Quiroga por parte de la Personería de Ibagué. (Ver: Pliego de cargos a la Secretaria de Cultura de Ibagué por firma de contrato para concierto de Carlos Vives)
La exfuncionaria fue sancionada, en primera instancia, por haber participado en la elaboración y posterior suscripción del contrato 1804 cuyo objeto era la contratación de la logística para el concierto gratuito de Carlos Vives, con la empresa CB Eventos y Producciones S.A.S, en abril de 2019. (Ver: La ofensiva del abogado de la empresaria que traería a Carlos Vives contra la Alcaldía de Ibagué)
La Personería le reprochó a Prada el haber contratado la presentación del artista samario con la logística del evento, actividades eminentemente diferentes. (Ver: Se cayó el concierto de Carlos Vives y Alcaldía admite que cometió irregularidades)
Además, con una persona jurídica cuando los contratos para la presentación de artistas sólo podían encomendarse a personas naturales.
Para la Procuraduría, la Personería erró en la formulación de los cargos al no haber descrito la conducta y las circunstancias en tiempo, modo y lugar que se le reprochó a la funcionaria, al igual que, los principios que habrían sido transgredidos con la firma del polémico contrato. (Ver: Aparece prueba que Jaramillo estaba enterado de toda la contratación del concierto de Carlos Vives)
Según el Ministerio Público, el que Prada hubiera participado y adelantado directamente el contrato, no constituye un comportamiento cuestionable, pues se ejecutó en su condición de ordenadora del gasto y se trataba de actividades habituales relacionadas con el ejercicio de los deberes del cargo. (Ver:Las mentiras del contrato del concierto de Carlos Vives en Ibagué)
De acuerdo con la Procuraduría, la Personería se limitó a señalar que Prada había actuado con desconocimiento de los principios de la contratación estatal, pero sin entrar a precisar a cuáles principios hacía referencia, ni cómo, ni cuándo, dónde y por qué razón la exsecretaria los desconoció. (Ver:Las presuntas irregularidades del contrato de $2.964 millones para el concierto de Carlos Vives en Ibagué)
Bajo esta óptica, el cargo imputado a la exfuncionaria no contenía una imputación clara y expresa sobre la cual hubiera podido ejercer su derecho a la defensa, violando el derecho al debido proceso. (Ver: Adjudican contrato por $2.964 millones para presentar a Carlos Vives en Ibagué)
"La Personería Municipal de Ibagué omitió de tajo efectuar la descripción y determinación clara y concreta de las conductas investigadas, así como la indicación de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realizó, configurándose las causales de nulidad", reza el fallo.
El Ministerio Público exhortó a la entidad a corregir los yerros de procedimiento y a que en adelante procure dar plena atención a los principios que fundamentan el proceso disciplinario.