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Procuraduría tumbó la sanción contra la exsecretaria de Cultura por contrato para la presentación de Carlos Vives en Ibagué en 2019

La Personería deberá reiniciar la actuación en contra de Cristina Prada Quiroga desde la fomulación de cargos.
Ibagué
Autor: Redacción Ibagué
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Redacción Ibagué

La Procuraduría Regional dejó sin efectos la sanción y destitución por 11 años dictada en contra de la exsecretaria de Cultura Cristina Prada Quiroga por parte de la Personería de Ibagué. (Ver: Pliego de cargos a la Secretaria de Cultura de Ibagué por firma de contrato para concierto de Carlos Vives)

La exfuncionaria fue sancionada, en primera instancia, por haber participado en la elaboración y posterior suscripción del contrato 1804 cuyo objeto era la contratación de la logística para el concierto gratuito de Carlos Vives, con la empresa CB Eventos y Producciones S.A.S, en abril de 2019. (Ver: La ofensiva del abogado de la empresaria que traería a Carlos Vives contra la Alcaldía de Ibagué)

La Personería le reprochó a Prada el haber contratado la presentación del artista samario con la logística del evento, actividades eminentemente diferentes. (Ver: Se cayó el concierto de Carlos Vives y Alcaldía admite que cometió irregularidades)

Además, con una persona jurídica cuando los contratos para la presentación de artistas sólo podían encomendarse a personas naturales.

Para la Procuraduría, la Personería erró en la formulación de los cargos al no haber descrito la conducta y las circunstancias en tiempo, modo y lugar que se le reprochó a la funcionaria, al igual que, los principios que habrían sido transgredidos con la firma del polémico contrato. (Ver: Aparece prueba que Jaramillo estaba enterado de toda la contratación del concierto de Carlos Vives)

Según el Ministerio Público, el que Prada hubiera participado y adelantado directamente el contrato, no constituye un comportamiento cuestionable, pues se ejecutó en su condición de ordenadora del gasto y se trataba de actividades habituales relacionadas con el ejercicio de los deberes del cargo. (Ver:Las mentiras del contrato del concierto de Carlos Vives en Ibagué)

De acuerdo con la Procuraduría, la Personería se limitó a señalar que Prada había actuado con desconocimiento de los principios de la contratación estatal, pero sin entrar a precisar a cuáles principios hacía referencia, ni cómo, ni cuándo, dónde y por qué razón la exsecretaria los desconoció. (Ver:Las presuntas irregularidades del contrato de $2.964 millones para el concierto de Carlos Vives en Ibagué)

Bajo esta óptica,  el cargo imputado a la exfuncionaria no contenía una imputación clara y expresa sobre la cual hubiera podido ejercer su derecho a la defensa, violando el derecho al debido proceso. (Ver: Adjudican contrato por $2.964 millones para presentar a Carlos Vives en Ibagué)

"La Personería Municipal de Ibagué omitió de tajo efectuar la descripción y determinación clara y concreta de las conductas investigadas, así como la indicación de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realizó, configurándose las causales de nulidad", reza el fallo. 

El Ministerio Público exhortó a la entidad a corregir los yerros de procedimiento y a que en adelante procure dar plena atención a los principios que fundamentan el proceso disciplinario. 

 

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