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MinInterior aprobó los cambios del ‘pico y placa’ y el ‘pico y cédula’ en Ibagué

Estos cambios fueron incorporados en el Decreto 0306, aprobado en la madrugada del lunes por el Ministerio del Interior.
Ibagué
Autor: Redacción Ibagué
Autor:
Redacción Ibagué
Foto: EL OLFATO

Ibagué flexibilizará las restricciones de movilidad a partir de este lunes primero de junio, anunció la Administración Municipal. Estos cambios fueron incorporados en el Decreto 0306, aprobado por el Ministerio del Interior. (Ver Decreto) Aquí puede escuchar el podcast con los cambios.

En primera medida, el ‘pico y cédula’ ampliará sus horarios, pero mantendrá el mismo orden según el último dígito del documento de identidad.

Este regirá de 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche. Sin embargo, las terminaciones de las cédulas, seguirán siendo las mismas.

Lunes: 0,1,2,3

Martes: 4,5,6,7

Miércoles: 8,9,0,1

Jueves: 2,3,4,5

Viernes: 6,7,8,9

Sábado: 0,1,2,3,4

Domingo: 5,6,7,8,9

Para facilitar el abastecimiento y diligencias personales de la población campesina, no habrá restricción los días viernes, sábado y domingo en la zona rural. 

Restricciones para vehículos y motos

La circulación de vehículos estará regulada con el ‘pico y placa’ para automóviles, de lunes a viernes, de 7:00 de la mañana a 7:00 de la noche. Esta restricción desaparece los fines de semana.

De esta manera, la restricción será así:

  • Lunes: placas terminadas en 0 y 1.
  • Martes: placas terminadas en 2 y 3.
  • Miércoles: placas terminadas en 4 y 5.
  • Jueves: placas terminadas en 6 y 7.
  • Viernes: placas terminadas en 8 y 9.

Únicamente estará permitido llevar un acompañante, quien podrá salir únicamente los días de ‘pico y cédula’.

De otro lado, quienes están dentro de las excepciones podrán movilizarse cuatro personas cumpliendo con las medidas de bioseguridad.

Para las motocicletas no aplicará el pico y placa. Se podrá transitar con acompañante, si el mismo se encuentra dentro de las excepciones o tiene ‘pico y cédula’.

El transporte intermunicipal funcionará con compraventa de tiquetes por medios electrónicos o líneas telefónicas, únicamente para usuarios que acrediten desarrollo de actividades necesarias para mitigar la emergencia sanitaria o están entre las excepciones.

Actividad física

Los ciudadanos entre los 18 a 69 años de edad podrán salir a ejercitarse durante dos horas diarias cumpliendo con las medidas:

  • De 6:00 a 8:00 de la mañana o de 7:00 a 9:00 de la noche.
  • Uso obligatorio de tapabocas.
  • Personas con preexistencias médicas no podrán salir.

Para niños entre los 2 y 5 años estará permitida la actividad física máximo tres veces a la semana durante media hora. Los niños mayores de seis años podrán hacer ejercicio al aire libre, tres veces a la semana durante una hora, acompañados de un adulto en cumplimiento del pico y cédula.

Las personas mayores de 70 años de edad en adelante podrán desarrollar ejercicio al aire libre tres veces a la semana durante media hora.

Habilitación sectores económicos

  • Con la aprobación del decreto expedido por la Administración Municipal, además de los sectores previstos en el decreto del Gobierno Nacional serán habilitados:
  • Publicidad y litografías y/o relacionadas
  • Centros de Enseñanza automovilísticas – CEA y Centros de Reconocimiento de Conductores
  • Centros de Diagnóstico Automotor (CDA)
  • Capacitación de trabajo en alturas y relacionadas
  • Ópticas y/o tiendas relacionadas
  • Desinfección y lavado de automóviles y motocicletas.
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