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Desacato contra el gerente de Medimás por no entregar medicamento a paciente con enfermedad renal 

A través de un fallo de tutela se ordenó a la EPS hacer las gestiones ante el Invima para la importación del Tolvaptan y su entrega.
Ibagué
Autor: Redacción Ibagué
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Redacción Ibagué
 Desacato contra el Gerente de Medimás por no entregar medicamento a paciente con enfermedad renal

El Juez Décimo Administrativo de Ibagué sancionó con desacato al gerente de la EPS Medimás, Alex Martínez Guarnizo, por incumplir un fallo de tutela que ordena entregar un medicamento importado a Amanda Lucía Peña Ardila. 

La decisión en primera instancia, emitida el 26 de abril, ordenaba a la EPS a realizar en el término de 48 horas las gestiones ante el Instituto Nacional de Medicamentos (Invima) para que se autorizara la importación y entrega del medicamento Tolvaptan para el tratamiento de la enfermedad renal de la paciente. 

Sin embargo, la entidad argumentó que si bien se hicieron las gestiones, el Invima autorizó el suministro del medicamento con la aclaración de no hacerse responsable por las contraindicaciones o efectos médicos que pueda presentar la usuaria. 

Y argumentó que la junta médica de la IPS Nefrouros resolvió no aprobar el medicamento Tolvaptan que fue ordenado por el médico tratante de la paciente. A la postre de que, el formulario empleado para recetar el medicamento no era el idóneo. 

Decisión del juez 

Para el Juzgado es claro el incumplimiento de la tutela ya que estando autorizado el medicamento por el Invima, la EPS ha sido renuente a proporcionarlo, máxime que fue ordenado por el médico tratante de Peña Ardila.

Y advierte que es a este último en quien recae la responsabilidad de formular el medicamento en virtud de su conocimiento y especialidad.

"Como quiera que Medimás EPS no ha dado cumplimiento a lo ordenado por el despacho, está más que claro el incumplimiento a lo ordenado en el fallo de tutela aludido, motivo suficiente, para sancionar al representante legal de Medimás representada por el Dr. Alex Fernando Martínez Guarnizo, con multa equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente a la fecha de ejecutoria de esta decisión (...) advirtiendo al sancionado que en todo caso deberá cumplir de manera integral y sin más trabas y dilaciones, el fallo de tutela proferido por el despacho de fecha 26 de abril de 2021", reza el fallo. 

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