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Destapan el lado oscuro de las apuestas en el fútbol colombiano

Nación
Autor: ElOlfato
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La Fiscalía General de la Nación trasladará escrito de acusación por el delito de corrupción privada, con sujeción a las reglas de procedimiento abreviado, contra el apostador Diego Jaramillo, quien habría ofrecido $10 millones para que por intermedio del jugador del Deportes Quindío, Francisco Navas, fuera contactado el integrante del Deportivo Pasto, Félix García, y se produjera un resultado que favorecería al apostador.

El objetivo del contacto era convencer al jugador del equipo nariñense para que en un partido frente a Cortuluá el 3 de febrero de 2017, se hiciera expulsar en pleno juego del Torneo Profesional Colombiano y, de esta forma, asegurarar un resultado a favor del Jaramillo, quien había realizado una apuesta a través de internet.

La Fiscalía evidenció que el contacto entre los dos jugadores se hizo vía mensajería instantánea por celular, y que García, del Deportivo Pasto, rechazó la propuesta.

Con los elementos en poder de la Fiscalía, se trasladará escrito de acusación contra el apostador y el jugador del Deportes Quindío el próximo miércoles 11 de octubre del presente año, debido a que había sido programada inicialmente para este miércoles 27 de septiembre, pero fue aplazada por compromisos deportivos del jugador. La diligencia se desarrollará dentro del Sistema Penal de Procedimiento Abreviado.

Este es el primer resultado que se produce luego de la reunión entre el Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez Neira, y el presidente de la Dimayor, Jorge Fernando Perdomo, cumplida el 10 de agosto último, en la que dialogaron sobre varias denuncias por arreglo de partidos y otras irregularidades en el fútbol colombiano.

Al valorar los hechos investigados, el Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, manifestó que para casos análogos sería conveniente tipificar penalmente en Colombia estas conductas, tal como se hizo en España, donde incluyeron en el Código Penal el artículo 286 (Bis) numeral 4,  que estableció responsabilidades: “a los directivos, administradores, empleados, o colaboradores de una entidad deportiva, así como deportista, árbitros o jueces, respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada o fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competencia deportiva y profesionales”.

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