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A partir del 27 de julio se podrá instalar publicidad política de candidatos y partidos

Se prohíbe publicidad en parques, postes, otros bienes de uso público y puentes peatonales y vehiculares.
Nación
Autor: Redacción Nación
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Redacción Nación
A partir del 27 de julio se podrá instalar publicidad política de candidatos y partidos
Foto: EL OLFATO

La Alcaldía de Ibagué, a través de la Secretaría de Gobierno, informó que a partir del 27 de julio los partidos políticos y candidatos que participen en las elecciones regionales podrán instalar publicidad en el espacio público. 

Esta norma se hace tres meses antes de las elecciones regionales, a realizarse el domingo 27 de octubre

Tanto partidos como candidatos que disputan en la contienda electoral deben dirigirse a la Dirección de Espacio Público para solicitar el permiso de instalación de cualquier tipo de publicidad.

Según Juan Manuel Lozano, secretario de Gobierno de Ibagué, “queremos reiterar que aún no está permitido hacer publicidad en el espacio público. Ya tenemos un decreto que establece cuáles son los tiempos y reglamentos”.

Y añadió: “La fecha establecida es 3 meses antes de la elección. Eso quiere decir que cualquier tipo de publicidad política no está autorizada, y por ese motivo la Dirección de Espacio Público está adelantando operativos para desmontar piezas instaladas de manera ilegal”. 

Lozano señaló que, además de incautar las piezas publicitarias, la Secretaría de Gobierno remitirá un informe ante el Consejo Nacional Electoral para que allí se tomen las decisiones administrativas y sancionatorias contra los partidos y candidatos que incumplan con la normatividad. 

ABC del decreto

El Decreto expedido por la Alcaldía Municipal prohíbe la instalación de publicidad en los siguientes sectores: 

• Zonas históricas, entidades públicas o inmuebles privados donde funciones oficinas del Estado

• En propiedad privada sin consentimiento del propietario

• Sobre redes eléctricas y telefónicas, puentes peatonales y vehiculares, torres eléctricas, parques, postes y otros bienes de uso público

• Viaducto del SENA

• Glorieta de Mirolindo

• Sector comprendido entre las calles 6 y 19 con carreras Primera y Octava

• Intersección vial de la calle 83

De igual manera, el Decreto define las siguientes condiciones para la publicidad en medios de comunicación

• Hasta 50 cuñas radiales diarias

• Hasta 12 cuñas televisivas de 30 segundos en medios nacionales

• Hasta 8 cuñas televisivas de 30 segundos en medios regionales

• Hasta 4 cuñas televisivas de 30 segundos en medios locales

• Hasta 8 avisos de 1 página en cada edición de medios impresos

Del mismo modo, cada partido político podrá instalar máximo 14 vallas de hasta 48 metros cuadrados. Estas podrán ser en pantallas LED y en vehículos con micro-perforado. También estará permitido instalar 30 pasacalles y 60 pendones.

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